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Tarifa para Grandes Clientes

Generalidades

Un Gran Cliente puede ser cualquier consumidor con una demanda  máxima superior a 100 kW.
 
Todo Gran Cliente que ejerza (habilitado) la opción de participar en el Mercado Mayorista de Electricidad deberá comprar la potencia medida (demanda leída) a la empresa distribuidora, salvo la excepción establecida en las presentes normas; y podrá negociar libremente los términos y condiciones de suministro de energía con otros Agentes del Mercado y/o comprar energía en la Bolsa de Energía y/o en el Mercado Ocasional, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.
Energia y Demanda para Gran Cliente

Sistema de Medición Comercial (SMEC)

Certificacion SMEC habilita
Los Grandes clientes con medición SMEC pagan la mitad del componente de costo denominado costo de comercialización fijo CCOF.
 
El Gran Cliente tendrá la habilitación como Participante del Mercado, después que el CND le haya otorgado la certificación o habilitación del SMEC, y cumpla con los requisitos exigidos en las Reglas Comerciales y el Reglamento de Operación.

 

Cargos en Facturación

La Aplicación y Composición de Cargos es como sigue:
  1. Cargo Fijo: El cargo fijo de cada categoría tarifaria, se aplica a cada cliente independientemente que el cliente registre consumo o no.
  2. Energía:  Se incluyen los siguientes componentes: Comercialización, Distribución, Alumbrado Público, Transmisión y Generación*.
  3. Demanda: Existe Demanda de Facturación y cargo por potencia de generación (CPG)*
* Los Grandes clientes No pagan los componentes de costos de Generación, salvo aquellos a los que la empresa distribuidora le compra su potencia, los cuales deben pagar el cargo por potencia de generación. Pagan el resto de los componentes de costos.
Cargos en Facturación

Tarifas de Redes

Baja Tensión (BT) Media Tensión (MT) Alta Tensión (AT)
El gran cliente al momento de vincularse al mercado mayorista como participante consumidor, deberá contar con un "Contrato de Uso de Redes" con la empresa distribuidora a la cual esta conectado.
A continuación se presentan gráficas de la evolución de estas tarifas en el transcurrir de varios semestres según la distribuidora y según el nivel de tensión de la conexión.

Cargo por potencia de generación (CPG)

Para el cargo por potencia de generación (CPG) la demanda a facturar será la demanda máxima leída mensual más la porción que le corresponda por reserva de confiabilidad y por las pérdidas de potencia de transmisión, calculada utilizando los porcentajes vigentes para cada elemento que haya establecido el Centro Nacional de Despacho (CND) y aprobado por la ASEP. Esta demanda en kilovatios (kW) se multiplicará por su precio unitario.
 
A los Grandes Clientes con tarifas horarias sólo se les facturará el cargo por potencia de generación en el periodo de horas de punta y el cargo será cero en el periodo fuera de horas de punta.

Potencia de generación (PG) = [ D * (1+P) ] * [1+R];
Donde: P = Fraccion de Perdidas / R = Fraccion de Reserva

El valor a pagar en factura sería así: Demanda maxima de Generacion (DMG) = CPG * PG;

Periodos de Punta y Demanda Máxima

Sólo aplican a tarifas con cargos por Demanda (BTD, BTH, etc.)

  • PERIODOS DE PUNTA Y FUERA DE PUNTA (Antes de Oct. 2023):
    Se entiende por período de punta y fuera de punta del sistema lo siguiente:
    • Período de Punta: Corresponde a las horas entre las 9:00 y las 17:00 horas de lunes a viernes.
    • Período Fuera de Punta: Corresponde a las demás horas del día, es decir  las comprendidas entre las 17:00 y las 09:00 y la totalidad de los días  sábado, domingo y días de fiesta nacional.
     
  • PERIODOS DE PUNTA Y FUERA DE PUNTA (Desde Oct. 2023):
    Se entiende por período de punta, fuera de punta medio y fuera de punta bajo del sistema lo siguiente:
    • Bloque horario de punta:
      1. Lunes a viernes de 9:01 a 17:00 horas
    • Bloque Horario Medio Fuera de Punta:
      1. Lunes a viernes de 17:01 a 24:00 horas
      2. Sábado de 11:01 hasta las 23:00 horas
    • Bloque Horario Bajo Fuera de Punta:
      1. Lunes a viernes de 00:01 a 9:00 horas
      2. Sábados de 00:01 hasta las 11:00 horas y desde las 23:01 hasta las 24:00 horas.
      3. Domingos y días de fiesta nacional de 00:01 a 24:00 horas
  • DEMANDA MAXIMA:

    Se entenderá por demanda máxima de un mes, el más alto valor de las demandas integradas en periodos consecutivos de quince (15) minutos.

    Es importante destacar que la Demanda máxima sólo se aplica a tarifas que contienen demanda. En el caso de las tarifas por horario existirá una demanda máxima en cada bloque horario.

Fuentes de información

  1. ASEP:
    • Pliego Tarifario 2019-2022 y 2023-2026
    • Tarifas semestrales de Uso de Redes
    • Criterios y Procedimientos para la venta de Energia y Potencia a Grandes Clientes
    • Reglamento de Distribución y Comercialización
  2. CND:
    • Informe Indicativo de Demanda